La Universidad Argentina del porvenir no sera ya una fabrica al por mayor de títulos facultativos, si no verdadero centro de investigación científica y altos estudios. Ese sentido se advierte ya en la determinación de las funciones que él articulo de la nueva ley atribuye a la Universidad, no limitándolas a la preparación para el ejercicio de las profesiones libres, sino extendiéndolas a afirmar y desarrollar una conciencia nacional histórica: A organizar la investigación científica, para que se dediquen a ella quienes tengan vocación y capacidad de investigadores; elaborar y difundir el saber y la cultura; A estimular el desarrollo de la ciencia aplicada y las creaciones técnicas; a formar un cuerpo docente dedicado exclusivamente a la vida científica universitaria, a propiciar y establecer la docencia libre; a crear y sostener institutos de investigacion y curzos de perfeccionamiento y especializacion; A divulgar las investigaciones científicas; y a fomentar el desarrollo de publicaciones y actividades cientificas, sociales, juridicas, economicas, literarias y artisticas.
De la serie de artículos escritos por Perón y publicados por la prensa mundial, Junio de 1948.
Del libro habla Peron ediciones Realidad Política
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